Regl. 8251, art. 15
JORNADA DE TRABAJO Y ASISTENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 8251, Art. 15
El Gerente General adoptará reglamentación interna, por escrito, estableciendo normas para regir
entre otros aspectos los siguientes:
1. La jornada semanal y diaria aplicable a los empleados de confianza.
2. Horario de trabajo
3. Período para tomar alimentos
4. Tiempo extra, sin menoscabar las disposiciones de la Ley Federal de Normas Razonables
del Trabajo en lo relativo al personal que tenga derecho a compensación por horas extras
trabajadas.
5. Método de registro de asistencia y formularios para mantener récords apropiados sobre
asistencia.
6. Medidas de control de asistencia.
7. Medidas correctivas y acciones disciplinarias específicas a que están sujetos los
empleados que violan dichas normas y procedimientos.