Regl. 8254, art. 5-19
- DERECHO A VISTA
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Cite as Reglamento Núm. 8254, Art. 5-19
Toda persona que se considere afectada en sus derechos por las acciones tomadas
por el Departamento de la Vivienda y sus agencias adscritas en la aplicación de este
Reglamento podrá radicar una querella, la cual será adjudicada conforme al
"Reglamento para Regular los Procedimientos de Adjudicación Formal en el
Departamento de la Vivienda y sus Agencias Adscritas" vigente.