Regl. 8254, art. 5-5

CREACIÓN DEL PROGRAMA

Length: 156 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8254, Art. 5-5

Por la presente se crea el Programa para la Rehabilitación, Desarrollo de Viviendas y Entrega de Títulos. El Programa se nutrirá con cualesquiera fondos disponibles para estos propósitos. El Programa podrá conceder donativos, préstamos o combinaciones de éstos a residentes elegibles que cualifiquen bajo las disposiciones del mismo que sean residentes de una Comunidad Especial. Para ello, aplican las disposiciones del "Reglamento del Programa de Préstamos para la Rehabilitación y Construcción de Vivienda Para Nuestras Comunidades Especiales" del 29 de junio de 2004. Bajo el Programa también se podrá conceder título de propiedad a residentes elegibles que cualifiquen bajo las disposiciones aplicables de la Ley Núm. 82 de 4 de mayo de 2012, conocida como "Ley para la Segregación y/o Enajenación Mediante Certificación Administrativa de Aquellas Propiedades Destinadas a Vivienda Ubicadas en Nuestras Comunidades Especiales", leyes relacionadas o reglamentos. La disponibilidad de los beneficios del Programa estará sujeta a la disponibilidad de fondos para el mismo.