Regl. 8258, art. 15 dup2

Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 8258, Art. 15 dup2

La enmienda al Reglamento de Financiamiento, aprobada por la Junta de Directores el 24 de agosto de 2012, entrará en vigor en la fecha en que el Gobernador de Puerto Rico, mediante Certificación al efecto, le otorgue vigencia, a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". PARA QUE ASI CONSTE, firmo, libro y sello esta certificación con el sello dei Banco en San Juan, Puerto Rico, hoy 20 de septiembre de 2012. AnaA Quintero Santiago Secretaria Junta de Directores
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