Regl. 8260, art. 12
Aprobaciones de Solicitudes
Length: 69 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8260, Art. 12
La aprobación de una solicitud se hará de acuerdo con la PolÃtica de Márgenes para
Transacciones del BDEPR, según la misma sea aprobada y enmendada de tiempo en
tiempo, por la Junta. Cualquier excepción a las disposiciones contenidas en este
Reglamento requerirán la aprobación del Secretario de Agricultura y la Junta.
Luego de aprobado el préstamo, el BDEPR le requerirá al Prestatario documentación
adicional para el cierre del Financiamiento.