Regl. 8263, art. 11-11.1

Objetivos

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Cite as Reglamento Núm. 8263, Art. 11-11.1

La Policía, en su propósito de alcanzar como meta los más altos niveles de excelencia, eficiencia y productividad en el servicio público, establecerá y desarrollará programas de adiestramientos y capacitación para el desarrollo de su personal, encaminados a: a. Desarrollar al máximo el talento y la capacidad del personal con potencial para hacer aportaciones a nuestra sociedad. b. Mejorar la eficacia de la Policía, proveyendo la oportunidad al personal para que adquiera el grado de preparación que mejor corresponde a los requerimientos de las funciones que está llamado a desempeñar; y preparar el potencial humano, técnico y especializado adecuado para atender las necesidades del servicio público. c. Proveer a los empleados, en la medida en que los recursos fiscales disponibles lo permitan y, bajo los criterios de selección, conforme al principio de mérito, los instrumentos necesarios para el mejoramiento de sus conocimientos y destrezas, así como para su crecimiento en el servicio público. 101 d. Facilitar medios variados de adiestramiento para la atención adecuada de las necesidades del servicio público, con énfasis en la identificación precisa de los problemas que la Policía persigue y aspira a solucionar mediante el adiestramiento, la capacitación y el desarrollo de su personal. e. Contribuir a mantener un clima de armonía y satisfacción en el trabajo que redunde en un alto grado de motivación y espíritu de servicio entre los empleados, así como en una mayor productividad y mejor calidad en los servicios que se presten.
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