Regl. 8263, art. 11-11.4

Expedientes de Adiestramientos e Informes

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Cite as Reglamento Núm. 8263, Art. 11-11.4

11.4.1 -Expedientes de Empleados La Policía mantendrá en el expediente de cada uno de sus empleados un historial de los adiestramientos en que éstos participen. Dicho historial podrá ser utilizado como una de las fuentes de referencia para la toma de decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal compatibles con el principio de mérito. El historial de adiestramiento del empleado podrá incluir evidencia de participación en adiestramientos, por iniciativa propia, en entidades educativas reconocidas. 11.4.2 - Historiales de Adiestramientos e Informes La División de Capacitación de Personal mantendrá expedientes de las actividades de adiestramiento que se desarrollen. También tendrá disponible la documentación relacionada con: a. Registros de asistencias de participantes y adiestradores b. Registros de actividades celebradas y costo c. Informes de las evaluaciones de cada actividad de adiestramiento que se realice, de donde se obtiene un análisis para emitir recomendaciones sobre las mismas. 106 PARTE IV-OTRAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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