Regl. 8263, art. 17-17.6

Otros Documentos Relativos a la Administración de Personal

Length: 177 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8263, Art. 17-17.6

De acuerdo a las disposiciones reglamentarias que apliquen, se conservarán los siguientes documentos: 192 a. Aquellos referentes a la clasificación de los puestos, se conservarán mientras exista el puesto, independientemente de su evolución. Luego de que se elimine el puesto, éstos se mantendrán a su disposición, de acuerdo al Reglamento del Programa de Conservación y Disposición de Documentos Públicos vigente. b. Las certificaciones de elegibles se mantendrán activas por un (1) año, y se dispondrá de ellas de acuerdo al Reglamento para la Conservación y Disposición de Documentos Públicos vigente. c. Los registros de elegibles se conservarán inactivos por un (1) año a partir de la fecha de cancelación o vencimiento, y se dispondrá de ellos de acuerdo a las disposiciones del Reglamento para la Conservación y Disposición de Documentos Públicos vigente. d. Las solicitudes de examen de las personas que resulten inelegibles en los exámenes, se conservarán por el tiempo que dure la vigencia del registro. Se dispondrá de ambas, de conformidad con las disposiciones del Reglamento para la Conservación y Disposición de Documentos Públicos vigente.
Regl. 8263, art. 17-17.6: Otros Documentos Relativos a la Administración de Personal | Justis AI