Regl. 8263, art. 7-7.1
Plan de Clasificación de Puestos
Length: 282 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8263, Art. 7-7.1
Todos los puestos de la PolicÃa estarán sujetos a planes de clasificación ajustados a las
circunstancias y necesidades del servicio.
El Superintendente establecerá Planes de Clasificación separados para los puestos de la
unidad apropiada y los puestos excluidos de la unidad apropiada del servicio de carrera
de la PolicÃa, con la previa aprobación de la OCALARH. Además, establecerá las
normas y los procedimientos necesarios para la administración de dichos planes, en
armonÃa con los planes de retribución que se establezcan y la reglamentación aplicable a
éstos.
Se establecerá una estructura racional de funciones que propenda a la mayor uniformidad
posible y que sirva de base para las distintas acciones de la administración de los recursos
humanos de la Agencia.
Los Planes de Clasificación de Puestos reflejarán la situación real de todos los puestos en
el Servicio de Carrera a una fecha determinada, constituyendo en todo momento, un
inventario de los puestos autorizados por la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Para
lograr que el Plan de Clasificación de Puesto resulte en un instrumento de trabajo
adecuado y efectivo para la administración de los recursos humanos, éste se mantendrá al
dÃa mediante el registro de todos los cambios que ocurran en los puestos, la actualización
de las especificaciones de clases y las asignaciones de puestos a las clases, de forma que
el plan refleje las condiciones prevalecientes.
20
Será responsabilidad de la Agencia, modificar los planes de clasificación de puestos a los
efectos de mantenerlos actualizados, conforme a los cambios surgidos en la estructura
funcional u organizacional de la Agencia.
El establecimiento, implantación y administración del Plan de Clasificación de Puestos se
hará conforme a las disposiciones que se establecen en la sección siguiente.