Regl. 8263, art. 7-7.3

Agrupación de los Puestos en Clases de Puestos y Series de Clases

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Cite as Reglamento Núm. 8263, Art. 7-7.3

Se agruparán en clases todos los puestos de la Policía incluidos en el Servicio de Carrera que sean igual o sustancialmente similares en cuanto a la naturaleza y el nivel de dificultad del trabajo a realizarse; a base de las funciones esenciales, grado de responsabilidad y autoridad que conlleva realizar las mismas y de todos los elementos inherentes a los puestos, así como de cualquier otra información que amplíe su descripción. Cada clase de puesto será designada con un título corto, que sea descriptivo de la naturaleza y del nivel de complejidad, dificultad y responsabilidad del trabajo requerido. Dicho título se utilizará en el trámite de toda transacción o acción de personal, presupuesto y finanzas, así como en todo asunto oficial en que esté involucrado el puesto. Éste será el título oficial del puesto. 22
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