Regl. 8266, art. 7-8
CLÁUSULAS DE SALVEDAD
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Cite as Reglamento Núm. 8266, Art. 7-8
Cualquier asunto relacionado con los bienes inmuebles de la Compañía no cubierto por
este Reglamento, será resuelto por la Junta de Directores de la Compañía, de conformidad con
las leyes, reglamentos, órdenes ejecutivas y resoluciones vigentes y aplicables.
Cualquier asunto relacionado con el proceso y los pagos por realojo que no esté cubierto
por este Reglamento será resuelto de conformidad con la Ley URA y el Reglamento de URA.