Regl. 8270, art. I dup2

Procedimientos de Cuentas por Cobrar.

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Cite as Reglamento Núm. 8270, Art. I dup2

Base Legal Este procedimiento se promulga de conformidad con la Ley Número 114 de 23 de junio de 1961, según enmendada, mejor conocida como la Ley de la Compañía de Parques Nacionales de Puerto Rico, la cual entre otros dispone lo siguiente: "Inciso C" "Formular, adoptar, enmendar y derogar estatutos para regir las normas de sus negocios en general y de ejercitar y desempeñar los poderes y deberes que por ley se le conceden e imponen." "Inciso D" - "Tener completo dominio e intervención sobre todas y cada una de sus propiedades y actividades, incluyendo el poder de determinar el carácter y la necesidad de todos los gastos y el modo de cómo los mismos deberán incurrirse, autorizarse y pagarse, sin tomar en consideración ninguna disposición de ley que regule los gastos de fondos públicos y tal determinación será final y definitiva para todos los funcionarios del Gobierno Estatal, y formular, adoptar, enmendar y derogar aquellas reglas y reglamentos que fueren necesarios o pertinentes para ejercitar y desempeñar sus poderes y deberes". 3 Compañía de Parques Nacionales Procedimiento de Cuentas por Cobrar Además, se procede conforme a la Ley 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, "Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico", que dispone en el Artículo 2, Incisos b, d y e, lo siguiente: "La política del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en relación con el control y la contabilidad de los fondos y propiedad pública se declara ser:" a. "que la función de diseñar y revisar los sistemas de contabilidad y los procedimientos de pagos e ingresos y para producir los informes financieros de las operaciones de las dependencias y entidades corporativas del gobierno, según se define este término en el Artículo 3 de esta ley, se localice en la rama ejecutiva en un cuerpo central de manera que pueda establecerse un sistema integral que permita la agrupación y la presentación de toda la información en relación con los resultados de las operaciones financieras del gobierno".. b. "que la contabilidad del gobierno de Puerto Rico refleje claramente los resultados de sus operaciones financieras, provea la información financiera necesaria para la administración de las operaciones gubernamentales y para la preparación y ejecución del presupuesto, y constituya un control efectivo sobre los ingresos, desembolsos, fondos, propiedad y otros activos del gobierno;" d. "que se enfatice el efectuar mejoras en forma ordenada que resulten en sistemas de contabilidad, estados financieros y procedimientos de pagos e ingresos y de pre intervención sencillos y efectivos;" 4 Compañía de Parques Nacionales Procedimiento de Cuentas por Cobrar e. "que exista el control previo de todas las operaciones del gobierno; que dicho control previo se desarrolle dentro de cada dependencia O entidad corporativa para que así sirva de arma efectiva al jefe de la dependencia O entidad corporativa en el desarrollo del programa O programas cuya dirección se le ha encomendado. Tal control interno funcionará en forma independiente del control previo general que se establezca para todas las operaciones de cada rama de gobierno,"
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