Regl. 8271, art. V
- DEFINICIONES
Length: 791 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8271, Art. V
Los siguientes términos tendrán el significado que se expresa a continuación:
a. Adquisición Compra o arrendamiento de materiales, equipos, piezas y
todo tipo de suministros y servicios.
b. Administrador - El Administrador de la Oficina de Adminisrtación de las
ProcuradorÃas.
C. Bienes o Servicios Especiales - Aquellos bienes que por su naturaleza
o por las necesidades particulares de la OAP y de las ProcuradorÃas es
necesario adquirirlos en determinado momento, sin dilación o retraso, a
los fines de no afectar la polÃtica, las funciones, el carácter confidencial
de ciertos asuntos, las gestiones de mercadeo o intereses fundamentales
de la OAP y de las ProcuradorÃas.
d. Certificado de Elegibilidad - Certificación expedida por la Administración
de Servicios Generales acreditativa del cumplimiento por parte de un
licitador de los requisitos que mediante reglamento se establezcan para
pertenecer al Registro Único de Licitadores.
e. Comprador Funcionario designado por el Administrador de la OAP como
Delegado 0 Subdelegado Comprador, encargado de la adquisición de
materiales, equipos, piezas y todo tipo de suministros y/o servicios para
la OAP y las ProcuradorÃas.
f. Cotización Propuesta sometida por un licitador interesado en suplirle
materiales, equipo, piezas, suministros y servicios a la OAP. Puede ser
escrita, por facsÃmil o por teléfono.
g. Director de la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos -
Funcionario de la OAP responsable del área administrativa que realiza los
trámites relativos a la compra de suministros, presupuesto, finanzas,
propiedad, almacenes y otros asuntos administraivos de la OAP y las
ProcuradorÃas.
h. Director de Compras -Funcionario de la OAP responsable de coordinar y
supervisar que se cumpla con los procedimientos de adquisición de
bienes y/o servicios de la OAP y las ProcuradorÃas, establecidos bajo los
reglamentos y leyes aplicables.
i. Equipo - Aquel bien inmueble cuyo precio de compra excede de los
quinientos dólares ($500.00) y cuya vida útil estimada excede de un año.
Los mismos se capitalizarán para efectos contables, debido a su
naturaleza y materialidad.
j. Emergencia Situación inesperada o imprevista, que requiere acción
inmediata por estar en peligro la vida o salud de una 0 más personas o
por estar en peligro de suspenderse o afectarse adversamente el servicio
público o las facilidades de la OAP y de las ProcuradorÃas.
k. Especificaciones - Cunjunto de caracterÃsticas que describen con
precisión los bienes o servicios particulares ordenedos y sirve de
referencia para comprobar el recibo de los mismos.
I. Licitador Cualquier persona natural o jurÃdica cualificada e inscrita en el
Registro Único de Licitadores de la Administración de Servicios Generales
que presente una cotización en respuesta a solicitud de precios
directamente o a través de un representante debidamente autorizado.
m. Materiales o suministros - Concepto que se utiliza para referirse en forma
especÃfica a mateiales y efectos de oficina para referirse en forma general
a todos los bienes muebles que no puede hacerse el uso adecuado a su
naturaleza sin que se consuman.
n. OAP - Oficina de Administración de las ProcuradorÃas.
O. Orden de Compras - Documento fiscal justificativo, el cual constituye una
aceptación de la oferta de un suplidor en particular y autoriza al mismo a
despachar determinados bienes; donde escribe el nombre del suplidor
seleccionado, especificaciones precisas de los bienes, cantidades y
precios.
p. Procuradoes - Procurador de la Salud; Procurador de las Personas
Pensionadas y de la Tercera Edad; Procurador de las Personas con
Impedimentos y Procurador de los Veteranos en Puerto Rico.
q. ProcuradorÃas -- Oficina del Procurador de la Salud, la Oficina del
Procurador de Personas Pensionadas y de la Tercera Edad, la Oficina del
Procurador del Veterano y la Oficina del Procurador de las Personas con
Impedimentos.
r. Receptor - Funcionario o empleado designado por el Administrador de la
OAP como Receptor Oficial o Receptor Auxiliar, encargado del recibo de
todos los bienes, obras y servicios adquiridos por cualquier medio
autorizado.
S. Registro de Cotizaciones - Formulario escrito en el cual el Comprador
anota el nombre del licitador o su representante, número de teléfono,
precio suministrado y determinación final.
t. Registro Único de Licitadores - Registro en el cual constan las
personas naturales o jurÃdicas cualificadas por la Administración de
Servicios Generales para contratar con el Gobierno por haber cumplido
los requisitos establecidos por el Administrador de Servicios Generales.
u. Requisición Solicitud escrita que genera cualquier oficina, división o área
administrativa de la OAP y las ProcuradorÃas para la adquisición de
materiales, equipos, piezas, suministros y servicios no personales.
V. Servicios Todos los servicios a contratarse por la OAP y las
ProcuradorÃas, excepto los servicios profesionales y consultivos y
aquellos rendidos por sus propios empleados regulares, irregulares,
provisionales y por contrato.
W. Subasta -Término usado para designar el procedimiento que seguirá la
OAP en determinadas transacciones, compras y ventas de bienes,
servicios y suministros o proyectos de construcción.