Regl. 8271, art. VI
ESQUEMA ORGANIZACIONAL PARA COMPRAS
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Cite as Reglamento Núm. 8271, Art. VI
A. Oficina Peticionaria - Toda oficina, área, división o unidades de trabajo de
la OAP y las Procuradorías, donde se origina una requisición para la
compra de materiales, equipos, suministros, bienes y/o servicios.
B. Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos Componente de la
OAP a cargo de efectuar y supervisar todos los procesos de compras que
se realizan en la OAP y de aprobar órdenes de emergencia y órdenes
para las cuales no ha sido posible obtener más de una cotización.
C. Sección de Compras Unidad de trabajo adscrita a la Administración
Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo del trámite para la
adquisición de materiales, equipos, piezas, suministros, bienes y/o
servicios de la OAP y las Procuradorías. Sus principales funciones se
definen en el Artículo VI de este reglamento.
D. Sección de Finanzas Unidad de trabajo adscrita a la Administración
Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo de llevar a cabo
todo el proceso de pago de las compras de la OAP y las Procuradorías.
E. Sección de Presupuesto Unidad de trabajo adscrita a la Administración
Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo de la certificación
de la disponibilidad de fondos para la adquisición de materiales, piezas,
equipos, bienes y/o servicios de la OAP y las Procuradorías.
F. Almacén de Suministros - Unidad de trabajo adscrita a la Administración
Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, encargada de la
conservación y control de materiales que se compran para el uso de la
OAP y las Procuradorías.
G. Sección de Propiedad Unidad de trabajo adscrita a la Administración
Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, responsable de marcar
todo el equipo que se adquiera que exceda el valor de cien dólares
($100). Será responsable de mantener un inventario y de la contabilidad
de la propiedad de la OAP y las Procuradorías.
H. Junta de Subastas - Grupo de funcionarios designados por el
Administrador de la OAP para evaluar y decidir sobre las compras que se
tramitan mediante procedimientos de subastas de la OAP y las
Procuradorías. Su funcionamiento se rige por el Reglamento de la Junta
de Subastas de la OAP.
I. Junta de Reconsideración de Subastas Grupo de funcionarios que
evalúa y decide sobre las impugnaciones de subastas de la OAP y las
Procuradorías. Su funcionamiento se rige por el Reglamento de la Junta
de Subastas.