Regl. 8271, art. VI

ESQUEMA ORGANIZACIONAL PARA COMPRAS

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Cite as Reglamento Núm. 8271, Art. VI

A. Oficina Peticionaria - Toda oficina, área, división o unidades de trabajo de la OAP y las Procuradorías, donde se origina una requisición para la compra de materiales, equipos, suministros, bienes y/o servicios. B. Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos Componente de la OAP a cargo de efectuar y supervisar todos los procesos de compras que se realizan en la OAP y de aprobar órdenes de emergencia y órdenes para las cuales no ha sido posible obtener más de una cotización. C. Sección de Compras Unidad de trabajo adscrita a la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo del trámite para la adquisición de materiales, equipos, piezas, suministros, bienes y/o servicios de la OAP y las Procuradorías. Sus principales funciones se definen en el Artículo VI de este reglamento. D. Sección de Finanzas Unidad de trabajo adscrita a la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo de llevar a cabo todo el proceso de pago de las compras de la OAP y las Procuradorías. E. Sección de Presupuesto Unidad de trabajo adscrita a la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, a cargo de la certificación de la disponibilidad de fondos para la adquisición de materiales, piezas, equipos, bienes y/o servicios de la OAP y las Procuradorías. F. Almacén de Suministros - Unidad de trabajo adscrita a la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, encargada de la conservación y control de materiales que se compran para el uso de la OAP y las Procuradorías. G. Sección de Propiedad Unidad de trabajo adscrita a la Administración Auxiliar de Asuntos Administrativos de la OAP, responsable de marcar todo el equipo que se adquiera que exceda el valor de cien dólares ($100). Será responsable de mantener un inventario y de la contabilidad de la propiedad de la OAP y las Procuradorías. H. Junta de Subastas - Grupo de funcionarios designados por el Administrador de la OAP para evaluar y decidir sobre las compras que se tramitan mediante procedimientos de subastas de la OAP y las Procuradorías. Su funcionamiento se rige por el Reglamento de la Junta de Subastas de la OAP. I. Junta de Reconsideración de Subastas Grupo de funcionarios que evalúa y decide sobre las impugnaciones de subastas de la OAP y las Procuradorías. Su funcionamiento se rige por el Reglamento de la Junta de Subastas.
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