Regl. 8272, art. IV
PROPÓSITO
Length: 194 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8272, Art. IV
Este Reglamento se aprueba con el propósito de establecer las normas
que regirán los trámites de celebración y adjudicación de las Subastas que se
realizan en la Oficina de Administración de las Procuradorías, garantizando
siempre que la contratación de servicios y las compras se efectúen con
eficiencia, honestidad y corrección, protegiendo así los intereses y recursos del
Gobierno de Puerto Rico, cónsono con la política pública de austeridad que rige
todo asunto fiscal.
Los propósitos de este Reglamento son:
A. Crear una Junta de Subastas y una Junta de Reconsideración, definir el
alcance de sus funciones y establecer la base normativa que regirá el
funcionamiento de dichos organismos.
B. Revisar y aclarar el mecanismo de reconsideración y revisión judicial de
las decisiones finales de la Junta de Subastas, con el propósito de
hacerlo cónsono con las guías señaladas por el Tribunal Supremo y
según dispone la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
C. Establecer un procedimiento formal para la suspensión de licitadores y
especificar los criterios que se utilizarán en el mismo con el fin de brindar
la mayor protección posible a los intereses de la Oficina de Administración
de las Procuradorías y del fisco.