Regl. 8272, art. VII
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8272, Art. VII
Los siguientes términos usados en este Reglamento tienen el significado
que a continuación se expresa, a menos que de su contexto se desprenda otro
significado:
a. Acta
Documento que recopila los detalles de todos los
asuntos y acuerdos discutidos en las reuniones de la
Junta de Subastas.
b. Addendum
Suplemento que comprende los cambios o adiciones
a las especificaciones, condiciones generales o
cualquier otro documento de la subasta según se
hayan publicado originalmente.
C. Adjudicación
Acto de evaluar las ofertas 0 propuestas recibidas en
respuesta a un pliego de subasta o una solicitud de
propuestas a fin de otorgar la buena pro al licitador
que mejor cumpla con los criterios, las
especificaciones, las condiciones y los términos
establecidos.
d. Administración de
Agencia del Gobierno de Puerto Rico encargada de
Servicios Generales
administrar el Registro Único de Licitadores y de
cualificar suplidores o licitadores competentes para
participar en procesos de adquisición de bienes y
servicios por parte de las agencias ejecutivas y
corporaciones públicas.
e. Administrador
Administrador de la Oficina de Administración de las
Procuradorías
f. Área de Servicios
Área de Servicios Generales de la Oficina de
Generales
Administración de las Procuradorías.
g. Aviso de Addendum
Anuncio a ser publicado en uno (1) o mas periódicos
de circulación general notificando cambios mediante
Addendum en cualquier documento de la subasta.
h. Aviso de Cualificación
Anuncio publicado en uno (1) o más periódicos de
circulación general solicitando que las personas o
entidades que así lo interesen, sometan sus
cualificaciones para ofrecer determinados bienes o
servicios.
i. Aviso de Subasta
Aviso publicado en un periódico de circulación
general, para solicitar la presentación de una oferta
en los procedimientos de subasta e indica el lugar
donde los interesados pueden conseguir copia del
pliego de subasta.
j. Bienes
Todo tipo de propiedad de relativa permanencia,
susceptible de moverse por sí 0 por otra fuerza o
persona. Incluye todo tipo de mercancía, materiales,
accesorios, equipos, piezas y suministros que la
Oficina de Administración de las Procuradorías tenga
la necesidad de adquirir para cumplir con sus
funciones.
k. Certificado de
Certificado emitido por la Administración de Servicios
Elegibilidad
Generales a los efectos de evidenciar el ingreso del
licitador en el Registro Único de Licitadores.
I. Código de Ética
Ley Núm. 84 del 18 de junio de 2002, según
enmendada, mediante la cual se establece el Código
de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes
de Incentivos Económicos de las Agencias Ejecutivas
del Gobierno de Puerto Rico.
m. Comité de Apertura
Comité compuesto por el Director del Área de
Servicios Generales y al menos otro miembro de la
Junta de Subastas.
n. Comité de Evaluación
Grupo de funcionarios creado a discreción del
Presidente para evaluar las adjudicaciones
realizadas de conformidad con este Reglamento.
O. Comité Técnico
Comité nombrado por el Administrador de la Oficina
de Administración de las Procuradorías para la
evaluación de elementos técnicos, complejos y/o
especializados.
p. Contrato
Pacto o convenio escrito entre la Oficina de
Administración de las Procuradorías y el contratista,
quien será el licitador que resulte seleccionado en un
procedimiento de subasta, donde se consignarán los
términos bajo los cuales el licitador ofrecerá los bienes
y/o servicios.
q. Criterios de
Criterios enumerados en el pliego de subasta o en la
Evaluación
solicitud de propuestas los cuales son utilizados por
la junta de subastas para evaluar, clasificar y
recomendar ofertas 0 propuestas para su
adjudicación. También incluye los criterios
enumerados en una solicitud de cualificaciones a ser
utilizados por el comité de evaluaciones para
recomendar la cualificación de un licitador.
r. Declaración de
Documento en respuesta a un aviso de cualificación
Cualificación
en el cual el licitador presenta su capacidad para
ofrecer determinados bienes o servicios.
S. Director de Finanzas
Director de la Oficina de Administración de las
Procuradorías.
t. División Legal
División Legal de la Oficina de Administración de las
Procuradorías.
u. Emergencia
Toda situación inesperada que ocasione una
necesidad imprevista, urgente e inaplazable en la
Oficina de Administración de las Procuradorías y las
Procuradorías y que requiera acción inmediata del
Administrador por estar en peligro la vida o salud de
una o más personas o por estar en peligro de
suspenderse o afectarse adversamente el servicio
público o dañarse o perderse la propiedad de la
Oficina. Toda situación de emergencia deberá ser
debidamente certificada por el Administrador.
V. Fianza
Fianza requerida a ser prestada por cada licitador o
proponente conjuntamente con su propuesta, como
garantía de que va a formalizar el contrato si resulta
ser licitador o proponente agraciado con la
adjudicación (fianza de licitación) y/o de que cumplirá
fielmente con los términos del contrato una vez este
se formalice (fianza de ejecución).
W. Fuente Única ("Sole
Cuando el bien o servicio a ser adquirido provenga de
Source")
un agente exclusivo y no exista algún otro proveedor
del servicio o el bien que se pretenda adquirir, exista
una sola fuente de abastecimiento que conste
mediante certificación del manufacturero de que la
empresa en Puerto Rico o en Estados Unidos es un
agente exclusivo del bien que se pretenda adquirir y/o
la entidad sea la única que pueda proporcionar el bien
o prestar el servicio personal particular, según aplique.
X. Gobierno
Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
y. Impugnación
Solicitud para que se revisen las especificaciones y
condiciones contenidas en un pliego de subasta o en
una solicitud de propuesta. También incluye la
solicitud para que se revise adjudicación de una
subasta.
z. Junta de Inversión
Junta de Inversión en la Industria Puertorriqueña,
creada en virtud de la Ley Núm. 14 de 8 de enero de
2004, según enmendada, conocida como la "Ley para
la Inversión en la Industria Puertorriqueña"; la cual
está adscrita a la Compañía de Fomento Industrial y
tiene la facultad para asignar parámetros de inversión
conforme a la citada Ley.
aa. Junta de
Junta de Reconsideración de Subastas de la Oficina
Reconsideración de
de Administración de las Procuradorías.
Subastas
bb. Junta de Subastas
Junta de Subastas de la Oficina de Administración de
las Procuradorías.
CC. Licitador
Persona natural o jurídica que participa o puede
participar en una subasta y presenta ofertas o
propuestas en relación a un bien o servicio.
dd. Límites Competitivos
Propuestas recibidas por la Oficina de Administración
de las Procuradorías en respuesta a una solicitud de
propuesta que la Junta de Subastas, con la
asistencia del Comité de Evaluación cuando uno
haya sido nombrado, determine que tengan una
oportunidad razonable de resultar recomendadas
para la adjudicación.
ee. Oferta
Documento en respuesta a un pliego de subasta en el
cual un licitador interesado en suplirle bienes y/o
servicios a la Oficina de Administración de las
Procuradorías establece el precio y los términos bajo
los cuales está dispuesto a ofrecer dicho bien o
servicio. Dicha oferta será válida por un periodo de [ ]
días a partir de la fecha en que esta sea recibida por
la Oficina.
ff. OAP
Oficina de Administración de las Procuradorías
gg. Pliego de Subasta
Documento que se entrega a los licitadores
interesados en presentar ofertas bajo un
procedimiento de subasta. Este contiene los
requisitos y toda la información necesaria para
facilitarle al licitador la preparación de su oferta.
hh. Preferencia
Consideración especial que concede la Ley Núm. 14
de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida
como "Ley para la Inversión en la Industria
Puertorriqueña", a los efectos de proveer la estructura
y mecanismos necesarios para que una mayor
cantidad de productores locales puedan accesar el
mercado del Gobierno, ya sea mediante subasta
formal, informal, mercado abierto, contrato o
procedimiento especial. Dicha preferencia no es
aplicable o no se tomará en consideración cuando
estén envueltos fondos federales.
ii. Procedimiento Alterno
Procedimiento de subasta en el cual se tomarán en
de Selección
consideración elementos adicionales al precio y que
permite la negociación con los licitadores.
jj. Procuradorías
Oficina del Procurador de la Salud; la Oficina del
Procurador de Personas Pensionadas y de la Tercera
Edad; la Oficina del Proucrador del Veterano y la
Oficina del Procurador de las Personas con
Impedimentos que se crean mediante el Plan de
Reorganización Número 1 de 22 de junio de 2011.
kk. Propuesta
Documento en respuesta a una solicitud de propuesta
bajo el proceso alterno de selección en el cual un
licitador interesado en suplirle bienes y/o servicios a la
Oficina de Administración de las Procuradorías ofrece
la información requerida. Dicha propuesta será válida
por un periodo de tiempo a partir de la fecha en que
esta sea recibida por la Oficina de Administración de
las Procuradorías.
II. Registro Único de
Registro Único de Licitadores de la Administración de
Licitadores
Servicios Generales el cual incluye a suplidores o
empresas, ya sean personas naturales o personas
jurídicas, clasificados de acuerdo con el producto que
ofrecen o licitan y que han cumplido, según la
Administración de Servicios Generales, con los
requisitos para su aceptación en el mismo entregando
todos los documentos de ingreso establecidos en los
procesos de adquisición de bienes y servicios del
Gobierno de Puerto Rico.
mm. Reglamento
Reglamento de Subastas de la Oficina de
Administración de las Procuradorías.
nn. Requisición
Solicitud escrita que genera cualquier oficina O
sección administrativa de la Oficina de Administración
de las Procuradorías y las Procuradorías para la
adquisición de bienes y/o servicios.
00. Servicios
Todos los servicios a contratarse por la Oficina de
Adminitración de las Procuradorías, tales como agua,
luz, teléfono, preparación de formularios, contratación
de obras de construcción, servicios de vigilancia,
etc. Se exceptúan los servicios profesionales y
consultivos y aquellos rendidos por sus empleados
regulares, provisionales, transitorios y por contrato.
pp. Servicios
Labor ofrecida por una persona natural o jurídica con
Profesionales
conocimiento o habilidades especializadas a quien se
le requiere poseer un título universitario o licencia que
lo acredite como profesional.
qq. Solicitud de
Documento en el cual se consignarán todos los
Propuestas
elementos necesarios para que el licitador pueda
someter su propuesta bajo un procedimiento alterno
de selección.
rr. Subasta
Procedimiento de subasta formal mediante el cual la
Oficina de Administración de las Procuradorías solicita
ofertas para la compra de bienes y/o servicios, cuyo
monto se estima que excederá la cantidad de treinta
mil dólares ($30,000). Toda subasta será adjudicada
por la Junta de Subastas de la Oficina de
Administración de las Procuradorías. El término
incluye las subastas celebradas mediante un pliego de
subasta y las celebradas mediante solicitud de
propuesta bajo el procedimiento alterno de selección.