Regl. 8272, art. XI
DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA JUNTA DE
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Cite as Reglamento Núm. 8272, Art. XI
SUBASTAS
A. Deberes Generales de Todos los Miembros:
1. Asistir a todas las reuniones de la Junta de Subastas.
2. Inhibirse de su derecho a voto en cualquier determinación cuando
existan relaciones de parentesco o amistad estrecha con cualquier
Licitador en una subasta, que pueda dar apariencia de favoritismo,
preferencia 0 parcialidad
3. Participar activamente en la evaluación de las ofertas aportando sus
conocimientos con el propósito de hacer la mejor selección en
beneficio de la OAP y las ProcuradorÃas.
B. Deberes del Presidente de la Junta de Subastas:
1. Dirigir los procedimientos de la Junta de Subastas.
2. Convocar y presidir las reuniones de la Junta de Subastas.
3. Velar por el buen funcionamiento de la Junta de Subastas.
4. Representar la Junta de Subastas en todas aquellas funciones
inherentes a su cargo.
5. Preparar junto con el Scretario el calendario de sesiones para la
apertura de Subastas.
6. Identificar la necesidad de asesoramiento técnico especializado.
7. Solicitar al Administrador de la OAP que nombre un Comité Técnico
en los casos que sea necesario.
8. Es responsable de que se cumpla con el procedimiento para la
celebración y Adjudicación de las Subastas de conformidad con el
presente Reglamento.
9. Cumplir con toda otra función que expresamente requiera éste
Reglamento.
10. Hacer petición de nombramientos al Administrador de Comités
Técnicos para evaluar solicitudes en aquellos casos que lo ameriten.
C. Deberes del Vicepresidente de la Junta de Subastas
Sustituir al Presidente de la Junta cuando el mismo esté ausente, en cuyo
caso cumplirá con los deberes del Presidente. Deberá cumplir también
con los deberes generales de todos los miembros.
D. Deberes del Secretario de la Junta de Subastas:
1. Citar a las reuniones de la Junta de Subastas.
2. Tomar las minutas de las reuniones y levantar las Actas sobre los
asuntos, acuerdos, recomendaciones y adjudicaciones efectuadas en
la misma (en caso de que aplique); y sobre todos los procedimientos 0
eventos en el que participe al menos un miembro de la Junta.
3. Emitir los Pliegos de Subasta luego de ser estos revisados por la
División Legal para sus comentarios y/o sugerencias.
4. Mantener un registro de Actas en el cual se consignen todos los
acuerdos, recomendaciones y determinaciones que tome la Junta de
Subastas en todas las gestiones convocadas en virtud de este
Reglamento.
5. Cotejar todos los informes dirigidos a la Junta de Subastas para
asegurarse de que contienen todos los elementos necesarios que
permitan tomar la determinación correspondiente.
6. Preparar un registro en todos los procedimientos en que participe
personal ajeno a la OAP, donde se consigne la asistencia de los
participantes.
7. Preparar un registro separado del establecido en el inciso anterior con
un Ãndice de adjudicación de las Subastas celebradas. En este registro
se consigna el número correlativo de Subasta, fecha de publicación
en periódico de circulación general, fecha de apertura, descripción de
los servicios solicitados por subasta, el importe de la misma y el
nombre del Licitador a quien se le adjudicó y fecha de la Adjudicación.
Este registro será firmado por todos los miembros de la Junta de
Subastas y de ser necesario consignar algún comentario o
clarificación sobre la Subasta en dicho Registro.
8. Establecer un registro de asistencia de todos los Licitadores que
comparezcan a la fecha y hora de la apertura de Ofertas. Este registro
incluirá: nombre del compareciente, su firma, entidad o corporación
que representa y el puesto que desempeña en la misma.
9. Notificar a la División Legal y a las partes interesadas las
adjudicaciones y los acuerdos tomados por la Junta para el posterior
trámite correspondiente.
10. Devolver las Fianzas de licitación y reconsideración cuando se
suscriba el Contrato con el Licitador agraciado.
11. Mantener récord de toda la correspondencia recibida y despachada
por la Junta.
12. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los
expedientes de las Subastas. Custodiar toda la información contenida
en los libros, documentos y expedientes de la Junta de Subastas.
13. Custodiar y conservar todos los documentos de subasta una vez la
Subasta se adjudique.
14. De ser necesaria una segunda evaluación distinta al Certificado de
Elegibilidad emitido por la Administración de Servicios Generales, la
Junta de Subastas solicitará al Adminitrador de la OAP o al Director de
Finanzas la evaluación de los estados financieros presentados por los
Licitadores.
E. Deberes de los Vocales:
Participar activamente en la evaluación de las ofertas aportando sus
conocimientos con el propósito de hacer la mejor selección en beneficio
de la OAP y las ProcuradorÃas.