Regl. 8272, art. XI-XXIII
RECHAZO DE OFERTAS O PROPUESTAS Y
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Cite as Reglamento Núm. 8272, Art. XI-XXIII
DESCALIFICACIÓN DE LICITADORES
A. La Junta de Subastas rechazará una Oferta o Propuesta por cualquiera
de las siguientes razones y/o irregularidades:
1. La Oferta o Propuesta es presentada en un formato diferente al
formato emitido o especificado por la OAP y/o fuera del término
requerido.
2. La Oferta o Propuesta contiene elementos adicionales no autorizados
por la OAP, omisiones de cualquier tipo, condiciones o cualquier otra
irregularidad que torne la Oferta o Propuesta en incompleta, no
definida 0 ambigua; disponiéndose que en el caso de Subastas para
compras aplicarán las siguientes normas:
a. Las Ofertas o Propuestas alternas no se considerarán, excepto
cuando asà se indique en el Pliego de Subasta o Solicitud de
Propuesta.
b. Ofertas o Propuestas múltiples, donde el Licitador ofrece más de
un precio por el Bien y/o Servicio cotizado no serán consideradas.
C. Los Licitadores cotizarán a base de precios unitarios para cada uno
de los renglones en que deseen participar, lo que constituirá la
Oferta o Propuesta básica.
d. Además de la Oferta o Propuesta básica, serán admisibles las
Ofertas o Propuestas a base de "todo o nada", estableciendo
precios condicionados sobre tal base para una o más partidas,
grupo de partidas o la totalidad de ellas.
e. En sustitución de la oferta "todo o nada", será admisible cotizar
sobre la base de precio global, donde el Licitador podrá ofrecer una
rebaja o descuento sobre el precio global cotizado a base de
precios unitarios, siempre que se le adjudiquen todas las partidas
para las cuales cotiza.
3. La Oferta o Propuesta contiene disposiciones en las que el Licitador se
reserva el derecho a aceptar o rechazar la Adjudicación de una
Subasta o de suscribir un Contrato con la OAP.
4. La Oferta o Propuesta no incluye una Fianza aceptable de acuerdo a
las condiciones de los documentos de licitación.
5. La Oferta o Propuesta no incluye todos los certificados, affidavits,
firmas o sellos corporativos necesarios.
6. Se sometió más de una Oferta o Propuesta para la misma Subasta por
un mismo individuo, sociedad, corporación, o entidad jurÃdica, bajo el
mismo nombre o bajo nombres distintos.
7. Evidencia de colusión entre Licitadores o pactar contra un tercero.
Luego del correspondiente procedimiento administrativo, según
dispone este Reglamento, si se determinase que algún Licitador
hubiese actuado en colusión con otro Licitador en una Subasta de la
OAP, estos no podrán participar en Subastas de la OAP por un
periodo que no excederá los cinco (5) años.
8. Falta de precios unitarios, escritos en tinta o en máquina, para cada
partida, excepto en los casos de partidas alternas autorizadas y si el
Licitador no ha indicado los precios unitarios en dólares y centavos,
tanto escritos como en numerales en la Oferta o Propuesta. No se
aceptarán precios unitarios en cero.
9. Si la Oferta o Propuesta tiene tachaduras, borrones o faltan palabras
o números, asà como cambios en precios unitarios escritos en
números que no han sido salvados con las iniciales del Licitador.
10. Si la copia del itinerario de la Oferta o Propuesta sometida por el
Licitador no es una copia exacta de la Oferta o Propuesta original,
según requerido en las instrucciones a los Licitadores.
11. Por no cumplir con alguna cláusula indicada en los términos y
condiciones, provisiones generales o instrucciones a los Licitadores
cuando estas establezcan el rechazo de una Oferta o Propuesta.
12. Por figurar en el "Excluded Parties List" del Gobierno Federal.
B. La Junta de Subastas se reserva el derecho a descalificar a un licitador y
rechazar su Oferta o Propuesta por cualquiera de las siguientes razones:
1. El individuo, sociedad, corporación o entidad jurÃdica no posee o no
puede obtener los recursos financieros para llevar a cabo el Contrato
según surge del cuestionario sobre declaración de Licitador
("statement of the bidder") o estado financiero auditado incluido en los
documentos de licitación.
2. El individuo, sociedad, corporación, 0 entidad jurÃdica no puede
cumplir con la entrega del material contratado 0 con el itinerario de
Servicio según acordado.
3. El individuo, sociedad, corporación 0 entidad jurÃdica no posee un
historial satisfactorio de desempeño, en Contratos anteriores 0
actuales, a base de la evaluación de calidad de trabajo y/o progreso, 0
al momento tiene tantas obligaciones contractuales de trabajo que, a
juicio de la OAP, pudiera representar un impedimento para cumplir a
cabalidad con su responsabilidad de otorgársele el Contrato.
4. El individuo, sociedad, corporación 0 entidad jurÃdica tiene trabajo
incompleto bajo otros Contratos u obligaciones que, a juicio de la OAP,
puede resultar en progreso insatisfactorio si es seleccionado para
trabajo adicional.
5. El individuo, sociedad, corporación 0 entidad jurÃdica no cumplió con
los requisitos de precualificación establecidos por la OAP.
6. El individuo, sociedad, corporación o entidad jurÃdica no posee la
organización, experiencia técnica, control organizacional, equipo 0
personal necesario para completar satisfactoriamente el proyecto 0 la
habilidad de procurar alcanzar los mismos.
7. El individuo, sociedad, corporación o entidad jurÃdica ha sido
declarado en incumplimiento de Contrato por la OAP 0 cualquier otra
agencia.
8. El individuo, sociedad, corporación o entidad jurÃdica que haya sido
suspendido conforme a las disposiciones de este Reglamento por lo
que está inhabilitado para participar en las Subastas de la OAP.
9. El individuo, sociedad, corporación o entidad jurÃdica que no haya
sometido la declaración jurada ante notario público donde informa si
ha sido convicta o se ha declarado culpable de cualquiera de los
delitos enumerados en la Ley Núm. 458 de 29 de diciembre de 2000,
según enmendada, o si se encuentra bajo investigación en cualquier
procedimiento legislativo, judicial o administrativo, ya sea en Puerto
Rico, Estados Unidos de América o cualquier otro paÃs, para poder
participar en la Adjudicación a otorgamiento de cualquier Subasta o
Contrato, respectivamente. Además, de dicha declaración jurada ser
en la afirmativa, por haber dejado de especificar los delitos por los
cuales fue hallado culpable o hizo la alegación de culpabilidad.
C. La Junta de Subastas informará a todas las partes con interés en la
Subasta las razones para el rechazo de una o más Ofertas o Propuestas
y/o la descalificación de Licitadores por alguna de las razones
anteriormente indicadas. No obstante, las Ofertas o Propuestas serán
retenidas por la OAP para propósitos de revisión y para el expediente
correspondiente a la Subasta.