Regl. 8274, art. XVII-IV
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
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Cite as Reglamento Núm. 8274, Art. XVII-IV
Los siguientes términos tendrán los significados que a continuación se indican,
dondequiera que se usen o que a ellos se haga referencia en este Reglamento, salvo
donde el texto indique lo contrario:
"Almacenista" significa cualquier persona que se dedique al almacenamiento de carne
de aves de otras personas, o para su propio negocio en cantidades que exceden de
quinientas (500) libras.
1.
"Aves" significa aves vivas de las especies de la gallina y del pavo.
2.
"Aves Listas para Cocinar" significa aves sacrificadas para consumo
humano que han sido desangradas, y a las cuales se les ha removido las
patas, cabeza, entrañas o vÃsceras, tráquea, esófago, buche, pulmones,
órganos reproductivos y glándula de aceite, y están libres de plumas,
cañones y de todo plumaje incipiente.
3.
"Carnes de Aves o Producto" significa aves listas para cocinar, presas de
aves y/o menudos. Dicho término no incluye el producto conocido en el
mercado como "canner's fowl", o sea, gallinas viejas congeladas a ser
utilizadas exclusivamente para la elaboración de un subproductos en que
los mismos no constituyan el producto principal, y sà uno de los
ingredientes del producto elaborado. Dicho término tampoco incluye carne
de aves o productos elaborados ulteriormente (further processed poultry),
tales como productos cocidos o pre cocidos, deshuesados, adobados,
rellenos 0 empanados."
4.
"Carne de ave congelada" significa carne de ave para mercadearse a una
temperatura interna de 0°F a 10°F.
5.
"Carne de ave fresca" significa carne de ave para mercadearse a una
temperatura interna no menor de 28°F ni mayor de 38°F.
6.
"Clase" significa la clasificación del ave a base de su edad y sexo, y de
acuerdo con el uso apropiado a que puede destinarse. En el caso de las
aves de la especie de la gallina "clase" incluirá lo siguiente:
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a. Pollo para FreÃr o Asar (fryer or broiler) es un pollo (young chicken)
de cualquier sexo, por lo regular de menos de trece (13) semanas
de edad, de carne tierna, piel suave, flexible y blanda, y con el
cartÃlago del esternón flexible.
b. Pollo para Hornear (Roaster or roasting chicken) es un pollo (young
chicken), de cualquier sexo, por lo regular de tres (3) a cinco (5)
meses de edad, de carne tierna, piel suave, flexible y blanda. El
cartÃlago del esternón puede ser un poco menos flexible que el del
pollo para freÃr o asar.
C. Gallo (cock or rooster) es un ave madura, de sexo masculino, con
piel áspera, carne endurecida y de color obscuro, y con la punta del
esternón endurecida.
d. Gallina (hen, fowl, or baking or stewing chicken) es un ave madura
de sexo femenino, por lo regular de diez (10) meses de edad, de
carne menos tierna que la carne de un pollo para hornear y con la
punta del esternón no flexible.
e. "Capón" (Capon) significa un pollo macho castrado
quirúrgicamente, por lo regular menos de ocho (8) meses de edad,
de carne tierna, piel suave, flexible y blanda. El término "capón" no
incluirá pollos tratados con hormonas para simular los resultados de
la caponación.
7.
"Departamento" significa el Departamento de Agricultura de Puerto Rico.
8.
"Detallistas o Comerciante al por Menor" significa cualquier persona que
venda 0 ofrezca en venta carne de aves directamente al consumidor.
9.
"Envase de Embarque" significa las cajas de cartón sólido 0 corrugado, 0
cajas de madera que se utilicen para proteger la carne de aves que haya
sido empacada en envases para venta directa al consumidor.
10.
"Envoltura o envase para venta directa al consumidor" significa cualquier
envase que contenga carne de aves para exhibición y venta a los
consumidores.
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11. "Funcionario" significa el agente, o empleado del Departamento
encargado de hacer cumplir este Reglamento.
12.
"Importador" significa cualquier persona que se dedique a la importación
de carne de aves en o para su mercadeo en Puerto Rico.
13.
"Importar" (en cualquier de sus tiempos gramaticales) significa toda
introducción de carne de aves que se haga en Puerto Rico y de fuera de
este.
14. "Junta" significa la Junta Asesora Interagencial para la Fiscalización del
Mercadeo de la Carne de Ave, según se establece en el ArtÃculo XVII de
este Reglamento.
15.
"Lote" significa uno o más envases de conteniendo carne de aves que se
distinga de otro u otros envases conteniendo carne de aves.
16.
"Mayorista o Comerciante al por Mayor" significa cualquier persona que
venda u ofrezca en venta carne de aves a detallistas, intermediarios,
instituciones gubernamentales o privadas o a otros comerciantes al por
mayor.
17.
"Menudos" significa aquellos órganos internos comestibles del ave, tales
como el hÃgado sin el saco biliar, el corazón sin el pericardio, y la molleja
libre de su membrana interna y de su contenido.
18.
"Mercado Institucional" significa aquel mercado que no incluya venta al
detal de carne de aves, para tales como hoteles, restaurantes e
instituciones.
19.
"Persona" significa cualquier persona natural 0 jurÃdica, sus agentes,
empleados 0 representante.
20.
"Representante o Agente del Exportador" significa cualquier persona que
represente en Puerto Rico a una o más firma que se dediquen al
embarque de carne de aves hacia Puerto Rico, y que introduzca carne de
aves a Puerto Rico de cualquier sitio fuera de éste.
21.
"Secretario" significa el Secretario de Agricultura de Puerto Rico, 0 su
representante autorizado.
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