Regl. 3215, art. II-810 dup4

D Inspecciones

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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. II-810 dup4

(1) El dueño u operador inspeccionará: (a) El equipo de control contra desbordamiento (Ejemplo: el sistema que corte de abastecimiento y el sistema de desviación hacia un tanque auxiliar) por lo menos una vez cada día de operaciones para asegurar que están funcionando adecuadamente; (b) Los datos recopilados del equipo de monitoría (Ejemplo: aparatos de medir presión y temperatura) cuando este equipo se utilice por lo menos una vez cada día de operaciones para asegurar que el tanque se está empleando al conforme a diseño; (c) En cuanto a tanques al descubierto, el nivel del desperdicio contenido en el tanque, por lo menos cada día de operaciones para asegurar cumplimiento con la Regla II-810 C (2) (b). (d) El material de construcción de las porciones del tanque que están sobre el terreno, por lo menos semanalmente para 189 detectar corrosión, erosión O derrames por las uniones O juntas O por otros aditamentos; y (e) El área inmediatamente que circunda el tanque, por lo menos semanalmente, para detectar señales obvias de derrames (Ejemplo: puntos húmedos O vegetación muerta) (2) Como parte del itinerario de inspección requerido por la Regla II-802 E (2) y además de los requisitos específicos del parrafo (1) de esta Regla, el dueño u operador desarrollará un itinerario y procedimientos para estimar la condición del tanque. El itinerario y procedimientos será adecuado para detectar grietas, derrames, corrosión O erosión que puedieran causar el desgaste de las paredes del tanque hasta llegar a un grosor menor que el requerido según la Regla II-810 B. Se establecerán procedimientos para vaciar un tanque para permitir la entrada e inspeción del interior (cuando sea necesario para detectar corrosión O erosión de las paredes o del fondo del tanque). La frecuencia de estas evaluaciones será basada en el material de construcción del tanque, la clase de protección utilizada contra la corrosión O erosión, el ritmo de corrosión observada durante inspecciones previas, y a las características del desperdicio que se está tratando o que se está almacenando. (3) Como parte del plan de contingencia requerido según la Regla II-804, el dueño u operador especificará los procedimientos que utilizará para responder a derrames O desbordamientos, incluyendo los procesos y el itinerario para la remoción inmediata de aquello que fue derramado O que se filtró del tanque y para su reparación. (COMENTARIO: Según se requiere en la Regla II-802 E (3), el dueño u operador tendrá que corregir cualquier grieta, hendidura O filtración o cualquier pared que haya perdido espesor en violación de la Regla II-810 B o el mal funcionamiento de equipo O de un proceso en violación de la Regla II-810 C, que se descubra durante la inspección. Veáse la 29 CFR, Sección 1910.94 (d) (11) para los requisitos de la "Occupational Safety and Health Administration" relacionados con la entrada al tanque para propósitos de inspección.)
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