Regl. 8282, art. III-14
Solicitud de Licitaciones
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Cite as Reglamento Núm. 8282, Art. III-14
El Coordinador General, previo a la recomendación del Oficial Comprador, ordenará la
Invitación de Licitadores que se publicará por aquel período de tiempo que se
determine adecuado, a base de la complejidad del proceso de adquisición licitado. La
Invitación describirá el alcance del trabajo, bienes y/o servicios a ser contratados por
la OFSA advirtiendo que la adjudicación se hará al licitador, cuya licitación cumpla con
los requisitos de la Invitación y ofrece el precio más bajo o tiene la oferta mas
adecuada. Antes de la fecha límite para someter las licitaciones, el Oficial Comprador
o el Coordinador General o un Representante Autorizado podrán convocar una
reunión con los Licitadores Prospectivos para discutir los Términos de la Invitación de
Licitadores. Se preparará un Registro de los Licitadores Prospectivos que asistan a
esa reunión y se añadirá al Expediente de Adquisición. Los Términos de la Invitación
de Licitadores no se cambiarán a menos que el Coordinador General enmiende la
misma.
14.1 Apertura de Licitaciones y Adjudicación No se adjudicará en la apertura de
las licitaciones. Esta información será añadida al Expediente de Adquisiciones,
que será evaluado por el Oficial Comprador, quien someterá su
Recomendación de Adjudicación, por escrito, al Coordinador General.
El Coordinador General aprobará la Recomendación de Adjudicación del
Contrato al Licitador con la licitación más adecuada.
14.2 El Contrato no será obligatorio para la OFSA, a menos que esté firmado por el
Coordinador General. Los licitadores están obligados por sus licitaciones
debidamente establecida mediante contrato entre las partes.