Regl. 8282, art. III-18

Aceptación o Rechazo de Bienes / Servicios

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Cite as Reglamento Núm. 8282, Art. III-18

18.1 AI recibir la OFSA prueba de la aceptación de un bien o servicio, la Sección de Compras pagará al Contratista, de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato por los bienes, servicios y/o trabajos de construcción aceptados, dentro del tiempo asignado. 18.2 Cuando los bienes, trabajos y/o servicios no son de conformidad con lo establecido en el Contrato, el Representante Autorizado informará a la Sección de Compras, la cual: a) Rechazará los bienes, trabajos de construcción y/o servicios defectuosos, en cuyo caso se podrá declarar al Contratista en incumplimiento, a menos que pueda someter artículos, de conformidad dentro del itinerario de entrega del Contrato, o b) Emitir un Aviso de Saneamiento que le requiere al Contratista la corrección de los bienes, trabajos de construcción y/o servicios defectuosos, dentro de un Itinerario de Entrega Especial. 18.3 Si el Contratista deja de sanear los defectos, el Área de Compras podrá aceptar los bienes, trabajos de construcción y/o servicios y negociar una reducción en el precio del Contrato o cancelar el mismo por incumplimiento. 20
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