Regl. 8282, art. II-12

Excepciones del Proceso de Evaluación del

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Cite as Reglamento Núm. 8282, Art. II-12

Personal Técnico Se podrán efectuar compras, sin la recomendación del Personal Técnico, bajo las siguientes situaciones: 1. Gastos Operacionales del Programa "Tu Puedes/La Obra en Tus Manos" 2. Gastos Administrativos que no excedan de $5,000.00 y que sean necesarios para la realización de un proyecto bajo el Programa. 3. Compra de producto, cuando el precio mínimo esté fijado por Ley o Autoridad Gubernamental competente. 4. La compra se lleve a cabo con el Gobierno de los Estado Unidos de América o alguno de sus Estados o Agencias, instrumentalidades, departamentos, corporaciones cuasi públicas, subsidiarias y afiliadas o cualquier entidad del Gobierno de Puerto Rico. 5. El bien, obra o servicio no profesional pueda ser provisto por una sola fuente o único proveedor y que el mismo no pueda ser sustituido por otro similar. 6. No se presente ningún contratista a la Convocatoria. 7. En aquellos caso en que surja una Declaración de Estado de Emergencia por parte del Gobernador de Puerto Rico. 8. Si existe una Asignación Legislativa con designación expresa o delimitación geográfica asignada.
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