Regl. 8282, art. II-12
Excepciones del Proceso de Evaluación del
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Cite as Reglamento Núm. 8282, Art. II-12
Personal Técnico
Se podrán efectuar compras, sin la recomendación del Personal Técnico, bajo las
siguientes situaciones:
1. Gastos Operacionales del Programa "Tu Puedes/La Obra en Tus Manos"
2. Gastos Administrativos que no excedan de $5,000.00 y que sean necesarios para
la realización de un proyecto bajo el Programa.
3. Compra de producto, cuando el precio mÃnimo esté fijado por Ley o Autoridad
Gubernamental competente.
4. La compra se lleve a cabo con el Gobierno de los Estado Unidos de América o
alguno de sus Estados o Agencias, instrumentalidades, departamentos,
corporaciones cuasi públicas, subsidiarias y afiliadas o cualquier entidad del
Gobierno de Puerto Rico.
5. El bien, obra o servicio no profesional pueda ser provisto por una sola fuente o
único proveedor y que el mismo no pueda ser sustituido por otro similar.
6. No se presente ningún contratista a la Convocatoria.
7. En aquellos caso en que surja una Declaración de Estado de Emergencia por
parte del Gobernador de Puerto Rico.
8. Si existe una Asignación Legislativa con designación expresa o delimitación
geográfica asignada.