Regl. 8282, art. II-8.2

Responsabilidades, Deberes y Facultades

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Cite as Reglamento Núm. 8282, Art. II-8.2

Personal Técnico El Personal Técnico tendrá, entre otras, las siguientes responsabilidades, deberes y poderes: 1. Evaluar y/o emitir una Carta de Requisitos Especiales y Necesarios para con el Bien o Servicio a contratarse para el Programa de "Tu Puedes/La Obra en Tus Manos". 2. Que cumplan con las actividades permitidas bajo el Artículo 6 de esta Sección del Reglamento. La Carta de Recomendación incluirá, sin limitarse, la siguiente información: 1. Memorando Explicativo sobre el razonamiento utilizado para la aprobación de la adquisición. 2. Memorando Explicativo sobre el razonamiento utilizado para recomendar o rechazar al Contratista. 3. Todos los documentos o información solicitada, recibida y/o considerada por la OFSA y sus agentes, y todos los memorandos redactados por cualquier Oficial de la OFSA.
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