Regl. 8287, art. 3

PROCEDIMIENTO PARA NEGOCIAR TARIFAS CON

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Cite as Reglamento Núm. 8287, Art. 3

PROVEEDORES A. El proceso para establecer el per diem se inicia en la Directoría de Asuntos Médicos y Relaciones con Proveedores al suscribirse contratos con los proveedores de salud que brindan servicios médico-hospitalarios a los lesionados de accidentes de automóviles. Las tarifas que negocie la ACAA con proveedores de salud se utilizarán para establecer las tarifas promedios (per diem) por área. B. La Directoría tiene la responsabilidad de mantener una red de proveedores contratados a través de toda la isla para poder atender las necesidades de salud de los lesionados. C. Los casos de servicios profesionales médicos se contratan de conformidad con el Manual de Tarifas vigente al momento de la contratación. D. La Directoría recibirá en primera instancia las propuestas de los proveedores de servicios de salud. Al recibir una propuesta la Directoría deberá preparar un expediente de cada proveedor que contendrá la propuesta y cualquier otra información que estime pertinente para su evaluación, como historial de facturación, pagos, calidad y naturaleza de los servicios que ofrece, etc. E. La Directoría remitirá el expediente al Comité de Contratación de Facilidades de Servicios de Salud. La Directoría deberá producir al Comité cualquier otro documento que dicho Comité considere necesario -5- para la evaluación de las propuestas. F. La Directoría también podrá confeccionar propuestas para someterlas a la consideración de proveedores de salud. Las propuestas que se generen en la Directoría deberán cumplir con el procedimiento establecido en la Sección 4 de este Reglamento. G. Una vez se concluya el proceso de evaluación de propuesta conforme se especifica en la Sección 4 de este Reglamento, la Directoría procederá a la negociación con los proveedores de las propuestas sometidas. La Directoría no podrá aceptar o negociar términos y condiciones que no hayan sido evaluados por el Comité y que cuenten a su vez con la aprobación del Director Ejecutivo. H. Una vez se llega a un acuerdo, la Directoría confeccionará el contrato con el proveedor para su firma y solicitará a éste los documentos que son necesarios para completar el proceso de contratación, de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables. Cumplimentada toda la información y documentos requeridos, el contrato será presentado para la firma del Director Ejecutivo. I. Luego de firmado el contrato por el Director Ejecutivo, la Directoría remitirá de inmediato al área de contratación la información de las tarifas negociadas y la Región para que conozcan su contratación. Es responsabilidad de la Directoría de Asuntos Médicos grabar el contrato en -6- el archivo común, conocido como "Public Folders" del correo electrónico de la ACAA. J. El Área de Contratación entrará la información de las tarifas en el sistema de Pago Médico. Actualizará las tarifas promedios (per diem), para cada Región donde están los proveedores contratados. El Área de Contratación actualizará las tablas de las tarifas per diem para cada una de las Regiones impactadas por la contratación. K. Cuando ocurra un cambio de los per diem por Región, el Área de Contratación preparará una tabla actualizada. La tabla se actualizará mensualmente y será sometida inmediatamente para la autorización y firma del Director Ejecutivo o su representante autorizado. Una vez el Director Ejecutivo O su representante, firme la tabla actualizada de los per diem, las tarifas promedios contenidas en ésta serán utilizadas para pagar a proveedores no contratados que brindan servicios médico-hospitalarios a los lesionados en las Regiones. L. Copia de la tabla firmada por el Director Ejecutivo O su representante, será remitida a la Directoría de Asuntos Médicos y Relaciones con Proveedores, al Presidente del Comité de Contratación de Facilidades de Servicios de Salud y cualquier otra oficina o directoria que el Director Ejecutivo determine. M. El Director Ejecutivo podrá delegar en sus subalternos la firma de la -7- tabla.
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