Regl. 8287, art. 3
PROCEDIMIENTO PARA NEGOCIAR TARIFAS CON
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Cite as Reglamento Núm. 8287, Art. 3
PROVEEDORES
A. El proceso para establecer el per diem se inicia en la Directoría de
Asuntos Médicos y Relaciones con Proveedores al suscribirse contratos
con los proveedores de salud que brindan servicios médico-hospitalarios a
los lesionados de accidentes de automóviles. Las tarifas que negocie la
ACAA con proveedores de salud se utilizarán para establecer las tarifas
promedios (per diem) por área.
B. La Directoría tiene la responsabilidad de mantener una red de
proveedores contratados a través de toda la isla para poder atender las
necesidades de salud de los lesionados.
C. Los casos de servicios profesionales médicos se contratan de conformidad
con el Manual de Tarifas vigente al momento de la contratación.
D. La Directoría recibirá en primera instancia las propuestas de los
proveedores de servicios de salud. Al recibir una propuesta la Directoría
deberá preparar un expediente de cada proveedor que contendrá la
propuesta y cualquier otra información que estime pertinente para su
evaluación, como historial de facturación, pagos, calidad y naturaleza de
los servicios que ofrece, etc.
E. La Directoría remitirá el expediente al Comité de Contratación de
Facilidades de Servicios de Salud. La Directoría deberá producir al
Comité cualquier otro documento que dicho Comité considere necesario
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para la evaluación de las propuestas.
F. La Directoría también podrá confeccionar propuestas para someterlas a la
consideración de proveedores de salud. Las propuestas que se generen
en la Directoría deberán cumplir con el procedimiento establecido en la
Sección 4 de este Reglamento.
G. Una vez se concluya el proceso de evaluación de propuesta conforme se
especifica en la Sección 4 de este Reglamento, la Directoría procederá a
la negociación con los proveedores de las propuestas sometidas. La
Directoría no podrá aceptar o negociar términos y condiciones que no
hayan sido evaluados por el Comité y que cuenten a su vez con la
aprobación del Director Ejecutivo.
H. Una vez se llega a un acuerdo, la Directoría confeccionará el contrato con
el proveedor para su firma y solicitará a éste los documentos que son
necesarios para completar el proceso de contratación, de acuerdo con las
leyes y reglamentos aplicables. Cumplimentada toda la información y
documentos requeridos, el contrato será presentado para la firma del
Director Ejecutivo.
I. Luego de firmado el contrato por el Director Ejecutivo, la Directoría
remitirá de inmediato al área de contratación la información de las tarifas
negociadas y la Región para que conozcan su contratación. Es
responsabilidad de la Directoría de Asuntos Médicos grabar el contrato en
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el archivo común, conocido como "Public Folders" del correo electrónico
de la ACAA.
J. El Área de Contratación entrará la información de las tarifas en el
sistema de Pago Médico. Actualizará las tarifas promedios (per diem),
para cada Región donde están los proveedores contratados. El Área de
Contratación actualizará las tablas de las tarifas per diem para cada una
de las Regiones impactadas por la contratación.
K. Cuando ocurra un cambio de los per diem por Región, el Área de
Contratación preparará una tabla actualizada. La tabla se actualizará
mensualmente y será sometida inmediatamente para la autorización y
firma del Director Ejecutivo o su representante autorizado. Una vez el
Director Ejecutivo O su representante, firme la tabla actualizada de los
per diem, las tarifas promedios contenidas en ésta serán utilizadas para
pagar a proveedores no contratados que brindan servicios
médico-hospitalarios a los lesionados en las Regiones.
L. Copia de la tabla firmada por el Director Ejecutivo O su representante,
será remitida a la Directoría de Asuntos Médicos y Relaciones con
Proveedores, al Presidente del Comité de Contratación de Facilidades de
Servicios de Salud y cualquier otra oficina o directoria que el Director
Ejecutivo determine.
M. El Director Ejecutivo podrá delegar en sus subalternos la firma de la
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tabla.