Regl. 3215, art. II-811 dup2
B Requisitos de Diseño y Operación
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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. II-811 dup2
(1) Un embalse (excepto para una porción existente
del embalse superficial) tendrá un revestimiento
diseñado, construido e instalado para evitar la
migración de algún desperdicio fuera del embalse
hacia el subsuelo adyacente, el agua subterránea
O el agua superfical a lo largo de la vida
activa (incluyendo el período de cierre) del
embalse superficial. El revestimiento estará
construido de materiales que permitan que el
desperdicio migre hacia dentro del mismo (pero
no hacia el subsuelo adyacente al embalse, ni
hacia el agua subterránea o superficial) durante
la vida activa de la facilidad, siempre y cuando
el embalse sea cerrado de conformidad con la
Regla II-811 F (1) (a). En cuanto a embalses
que serán cerrados de acuerdo con la Regla
II-811 F (1) (b), el revestimiento será
construido de materiales que eviten que los
desperdicios migren hacia dentro del mismo
durante la vida activa de la facilidad. El
revestimiento será:
(a) Construido de materiales con propiedades
químicas apropiadas y suficiente fuerza y
espesor como para evitar que surja una
falla debido a la presión de gradiantes
(incluyendo el nivel estático y presiones
hidrogeológicas externas), contacto físico
con los desperdicios o con la lixiviación a
la cual están expuestos, O a condiciones
climatológicas, el rigor de la instalación y
el rigor del funcionamiento diario;
(b) Colocado sobre una zapata O base capaz de
proveer al revestimiento suficiente apoyo y
resistencia contra la presión de los
gradiantes, desde arriba o debajo del
revestimiento para prevenir fallas del
revestimiento debido al asentamiento,
compresión O fuerza que se ejerza hacia
arriba; e
(c) Instalado de modo que cubra todo el terreno
circundante, propenso a entrar en contacto
con el desperdicio O con la lixiviación.
(2) E1 dueño u operador quedará exento de los
requisitos del parrafo (1) de esta regla, si la
Junta encuentra, basándose en una demostración
por parte del dueño O del operador, que
prácticas alternas de operación y de diseño en
conjunto con las características de la
localización, evitará la migración de cualquier
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constituyente peligroso (Veáse Regla II-806 D)
hacia el agua subterránea o superficial en
cualquier momento futuro. Al decidir si otorgar
O no la exención, la Junta considerará:
(a) La naturaleza y la cantidad de los
desperdicios;
(b) La propuesta alterna para el diseño y
la operación;
(c) La ubicación hidrogeológica de la
facilidad, incluyendo la capacidad de
atenuación ("attenuative"), el espesor
de los revestimientos y del suelo
ubicado entre el embalse superficial y el
agua subterránea o superficial; y
(d) Todo otro factor que pudiera influenciar la
calidad y la movilidad de la lixiviación
producida y el potencial de migración del
agua subterránea O superficial.
(3) El embalse será diseñado, construido, mantenido
y operado para evitar el desbordamiento
resultante de operaciones normales o anormales;
sobre abastecimiento; acción del viento O de
oleajes; lluvia; escorrentías hacia la
facilidad; desperfectos en funcionamiento del
equipo de controlar el nivel del contenido del
embalse, las alarmas u otro equipo; o el error
humano.
(4) Un embalse tendrá diques diseñados, construidos
y mantenidos con la suficiente integridad
estructural para evitar una falla masiva de
los diques. Para asegurar la integridad
estructural, no se presumirá que el sistema de
revestimiento funcionará sin derrames durante la
vida activa de la unidad.
(5) La Junta especificará en el permiso todas las
prácticas de diseño y de operación necesarias
para asegurar que se satisfaga los requisitos de
esta regla.