Regl. 3215, art. II-812 dup7

H Cierre y Cuidado de Cierre Posterior

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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. II-812 dup7

(1) Al "cierre", el dueño u operador tendrá que remover o descontaminar todo residuo de desperdicio, todo componente del sistema de contención que esté contaminado (incluyendo revestimientos, etcétera), subsuelo contaminado, y estructuras y equipos que se hayan contaminado con el desperdicio o con su lixiviación, y tendrá que manejarse como desperdicios peligrosos a menos que aplique la Regla 208 (2). (2) Si después de remover o descontaminar todos los residuos y efectuar todos los esfuerzos razonables para remover O descontaminar los constituyentes, subsuelos, estructuras y equipos, según requerido en el párrafo (1) de esta Regla, 206 y el dueño u operador encuentra que no todos los subsuelos contaminados pueden ser removidos o descontaminados en forma factible, tendrá que cerrar la facilidad y ejecutar el cuidado del período de cierre posterior en cumplimiento con los requisitos para el cierre y el cuidado de cierre posterior según esto aplica a rellenos sanitarios (Regla II-814 F). (3) (a) En aquellos casos en que no sea factible al momento del cierre remover todo el subsuelo contaminado, el dueño u operador de un montículo de desperdicios que no cumpla con los requisitos del revestimiento de la Regla II-812 B (1) (a) y no esté exento de los mismos de acuerdo a la Regla II-812 B (2) ó II-812 A (3) tendra que: (i) Incluir en el plan de cierre del montículo según la Regla II-807 C, un plan para cumplir con el párrafo (1) de esta regla y un plan de contingencia para cumplir con el párrafo (2) de esta regla; (ii) Preparará un plan de contingencia para el período de cierre posterior según la Regla II-807 H para cumplir con el párrafo (b) de esta regla. (b) Los estimados de costo calculados según la Regla II-808 C y II-808 E relativos al cierre y al cuidado de cierre posterior de un montículo sujeto a este párrafo, incluirá el costo de cumplimiento con el plan contingente de cierre y con el plan contingente para el período de cierre posterior, pero no le será requerido el que se incluya el costo estimado de cierre según el párrafo (1) de esta regla.
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