Regl. 3215, art. II-814 dup3

D Inspección y Monitoría

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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. II-814 dup3

(1) Se inspeccionarán los revestimientos durante su construcción e instalación (excepto las porciones existentes del relleno sanitario exentos de los requisitos de la Regla II-814 B (1)) y los sistemas de cubiertas (Ejemplo: membranas "sheets", láminas o "coatings" capas) para asegurar su uniformidad y detectar daños e imperfecciones (tales como rotos, grietas, puntos delgados O materia extraña al revestimiento). Inmediatamente después de la construcción e instalación: (a) Los revestimientos y cubiertas sintéticas se inspeccionarán para asegurar que las uniones y juntas estén fuertes y la ausencia de rasgaduras, perforaciones O ampollas; y (b) Revèstimientos compuestos de suelo O de mezclas ("admixed") y cubiertas se inspeccionarán para detectar imperfecciones, incluyendo lentes, grietas, canales, hoyos de raíces, u otras faltas de uniformidad estructural que pudieran causar un incremento en la permeabilidad del revestimiento O cubierta. (2) Durante la operación del relleno sanitario, el mismo se inspeccionará semanalmente y después de cada tormenta para detectar cualquiera de lo siguiente: (a) Cualquier deterioro, desperfecto, u operación impropia de los sistemas de control de escorrentías hacia o desde el relleno; (b) La presencia de líquidos en el sistema de detección de derrame, donde fue instalado para cumplir con la Regla II-814 c; (c) Buen funcionamiento de los sistemas de control de dispersión por el viento, donde los hubiera, y (d) La presencia de lixiviación dentro del sistema el buen funcionamiento de los sistema de recolección y remoción cuando sea aplicable.
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