Regl. 3215, art. I-816
Rellenos para Desperdicio Sólido Peligroso.
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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. I-816
1. Regla I-816 B Requisitos Generales
Se enmienda la Regla I-816 B y se le añadirá el siguiente texto
como incisos (23), (24) y (25)
"(23) El dueño u operador diseñará, construirá, operará
y mantendrá un sistema de control de escorrentías
hacia la facilidad capaz de prevenir el flujo
hacia la parte activa del relleno durante una
descarga máxima de al menos una tormenta de 25
años.
(24) El dueño u operador diseñará, construirá, operará
y mantendrá un sistema de manejo de escorrentías
desde la facilidad para recoger y controlar al
menos el volumen de agua resultante de una
tormenta de 25 años por 24 horas.
(25) Las facilidades de recolección y contención
(tanques O estanques) asociados con los sistemas
de escorrentías desde y hacia la facilidad se
vaciaron O manejaron de forma expedita luego de
tormentas para mantener la capacidad de diseño
del sistema.'
Estos nuevos incisos corresponden al 40 C.F.R. Secciones
265.302 (a), (b) y (c), respectivamente.
2. Regla I-816 Cierre Posterior
Se enmienda la Regla I-816 C (4) y se sustituye por el
siguiente texto:
(4) El dueño u operador colocará una cubierta final
sobre el relleno y el plan de cierre, bajo la
Regla I-805 A (2) (g), (b), (3) (a), deberá especificar
la función y el diseño de esta cubierta. En el plan
de cierre posterior según la Regla I-805 B (2), el
dueño u operador deberá incluir los requisitos de
cuidado del cierre posterior de la Regla 816 C (5).
Este nuevo inciso es equivalente al 40 C.F.R. Sección 265.310
(a). El actual inciso (4) pasará a ser el inciso (5) de la