Regl. 8305, art. 2.2

Solicitud de disolución de comité

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Cite as Reglamento Núm. 8305, Art. 2.2

El tesorero utilizará el formulario titulado "Solicitud de Disolución de Comité" para solicitar al Contralor Electoral la terminación del comité. En el mismo indicará sus circunstancias personales, el tipo de estructura del comité, la propiedad mueble o inmueble que posea el comité, identificará la institución financiera y la sucursal donde están la(s) cuenta(s) del comité, los números de cuentas, el balance de las mismas y el balance proveniente de donativos y otros ingresos, si alguno. Además, incluirá una aseveración estableciendo el cumplimiento con la Sección 2.1 de este Reglamento. El documento debe ser juramentado ante un notario público autorizado previo a la radicación del mismo ante la Secretaría de la Oficina del Contralor Electoral. MAr
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