Regl. 8305, art. 4.3

Procedimiento de subastas

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Cite as Reglamento Núm. 8305, Art. 4.3

Los bienes, derechos y acciones del comité serán ofrecidos en actividades en las que se convoque a licitadores para que en subasta pública realicen pujas a viva voz, para lo cual, el Contralor Electoral podrá, a petición del síndico, contratar compañías especializadas en este tipo de actividad. El aviso de subasta tendrá que realizarse en un periódico de circulación general. Este aviso contendrá, como mínimo, la información siguiente: 1. descripción del bien, derecho o acción; 2. lugar donde se podrán obtener información detallada sobre el bien, derecho o acción; 3. días y horas en que se podrá inspeccionar el bien derecho o acción y 4. fecha límite y lugar para presentar ofertas. El bien, derecho O acción se adjudicará al mejor postor.
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