Regl. 3215, art. I-819
Facilidades para Tratamiento en el Terreno
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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. I-819
1. Regla I-819 B Requisitos Generales de Operación
Se enmienda la Regla I-819 E sustituyendo el inciso (2) por el
siguiente texto:
"(2) (a) El dueño u operador diseñará, construirá,
operará y mantendrá un sistema de control de
las escorrentías hacia la facilidad capaz de
prevenir el flujo hacia la parte activa de la
facilidad durante descargas máximas de al
menos una tormenta de 25 años.
(b) El dueño u operador diseñará, construirá,
operará y mantendrá un sistema de manejo de
escorrentías desde la facilidad capaz de
recoger y controlar el volumen de agua de
al menos equivalente a una tormenta de 25 años
por 24 horas.
(c) Las facilidades de recolección y contención
(tanques o estanques) asociadas con los
sistemas de control de escorrentía desde y
hacia la facilidad deberán ser vaciadas O de
otra forma manejadas de forma expedita luego de
tormentas para mantener la capacidad de diseño
del sistema.
(d) Si la zona de tratamiento contiene material
particulado que pueda estar sujeto a
disperción por el viento, el dueño u operador
manejará una unidad de control de disperción
por el viento."
Este nuevo inciso equivale al 40 C.F.R. Sección 265.272
(b), (c), (d) y (e).
2. Regla I-819 E Cosechas de la Cadena Alimenticia
Se enmienda la Regla I-819 E (4) por el siguiente texto:
"(4) Las cosechas de la cadena alimenticia no serán
cultivadas en una facilidad de tratamiento en el
terreno que reciba desperdicio que contenga cadmio
a menos que los requisitos del párrafo (4) (a) (i)
al (iii) de esta Regla o los requisitos del párrafo
(4) (b) (i) al (iv) de esta Regla sean cumplidos.
(a) (i) El PH del desperdicio y la mezcla del
suelo es 6.5 o mayor al tiempo de cada
aplicación de desperdicio, excepto por
el desperdicio que contenga cadmio en
unas concentraciones de 2mg/kg (peso
seco) o menos;
(ii) La aplicación anual de cadmio del
desperdicio no excederá 0.5 kilógramos
por hectárea (kg-ha) en tierras
utilizadas para la producción de tabaco,
vegetales de hoja cosechas de raíces
para el consumo humano. Para otras
cosechas de la cadena alimenticia, el
por ciento de la aplicación de cadmio no
excederá:
76
Período de Tiempo
Promedio de Aplicación
Anual de cd (kg/ha)
Presente al 30 de junio, 1984
2.0
1 de julio de 1984 a 31 de
diciembre de 1986