Regl. 8306, art. 1.3
Declaración de propósitos
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Cite as Reglamento Núm. 8306, Art. 1.3
El propósito de este Reglamento es establecer las normas generales de auditoría así como
los criterios básicos profesionales que deben observar los auditores de la Oficina del
Contralor Electoral que efectúan auditorías de los informes que desglosan la contabilidad
de los ingresos y gastos de partidos políticos, aspirantes, candidatos, funcionarios electos,
agrupaciones, comités y cualquier otra entidad bajo la jurisdicción de la Oficina. De igual
forma, se establecen los fundamentos, principios y prácticas generales de auditoría de los
informes requeridos a las agencias publicitarias y medios de difusión. Este Reglamento es
fundamental para garantizar la calidad de los trabajos de auditoría efectuados por la
Oficina.