Regl. 8306, art. 3.1

Examen y Auditoría de Informes

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Cite as Reglamento Núm. 8306, Art. 3.1

La Oficina tiene la responsabilidad de examinar y auditar los informes y la contabilidad de los ingresos y gastos requeridos por la Ley 222-2011, según enmendada, a personas, partidos, candidatos, agrupaciones y comités, así como, los informes requeridos a las agencias publicitarias y medios de difusión que prestan servicios publicitarios a dichos partidos, candidatos y comités.
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