Regl. 8306, art. 5.10
Responsabilidad de asistencia y orientación
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Cite as Reglamento Núm. 8306, Art. 5.10
Los Contralores Electorales Auxiliares o las personas que éstos designen serán
responsables de proveer a los empleados, la asistencia y orientación que éstos requieran o
MAr
soliciten respecto a materias de independencia, integridad y objetividad.