Regl. 8306, art. 7.1
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Cite as Reglamento Núm. 8306, Art. 7.1
Las normas de trabajo de campo se relacionan con los criterios técnicos y profesionales
adicionales aplicados para realizar las auditorías. Estas normas incluyen los procesos
relacionados con: planificación; supervisión; evaluación de los controles internos;
responsabilidad del auditor de documentar la evaluación de riesgo de control al nivel
máximo cuando dependen significativamente de sistemas de información
computadorizados; responsabilidad del auditor de diseñar pruebas para corroborar el
cumplimiento con las leyes y reglamentos; deben poder detectar errores materiales,
MA
omisión de información, actos ilegales, abuso y fraude en las auditorías, la recopilación
de evidencia y la preparación de las hojas de trabajo.