Regl. 8307, art. 6.6 dup2
Referido de las recomendaciones
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Cite as Reglamento Núm. 8307, Art. 6.6 dup2
Aquellos hallazgos que presenten alguna posible violación a la Ley, tipificadas como
delito, serán referidos al Secretario de Justicia con toda la información pertinente bajo
custodia de la Oficina para las acciones que correspondan. Si en el transcurso de la
auditoría se descubren posibles violaciones a otras leyes, las mismas serán referidas a las
agencias con jurisdicción sobre la materia.
TÍTULO VII DISPOSICIONES FINALES