Regl. 8310, art. 11-11.2 dup2
Requisitos especiales para Instituciones con Programas de Educación Acelerada
Length: 160 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8310, Art. 11-11.2 dup2
Las Instituciones de Educación Básica que ofrecen Programas de Educación Acelerada, además
de cumplir con los criterios y requisitos de Licenciamiento conforme se dispone en la Sección
11.1 y en otras secciones de este Reglamento, deben evidenciar durante los procesos de
evaluación para la expedición de sus Licencias de Autorización y de Renovación que están en
cumplimiento con los siguientes requisitos especiales establecidos por el CEPR para proteger el
interés público:
1. Evidenciar el prontuario del curso. La GuÃa provista por el CEPR para la preparación
del prontuario para los cursos de los programas acelerados, puede ser de ayuda en
la redacción y preparación del mismo.
2. Evidenciar el módulo del curso. La GuÃa provista por el CEPR para la preparación del
módulo para los cursos de los programas acelerados, puede ser de ayuda en la
redacción y preparación del mismo. Los módulos preparados para la modalidad de
educación a distancia deben cumplir con el diseño curricular para esta modalidad.