Regl. 8310, art. 14-14.2
Cambios Significativos que impliquen Cambios Sustanciales
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Cite as Reglamento Núm. 8310, Art. 14-14.2
Si un cambio institucional conlleva modificación de los objetivos, de la misión institucional
o añade un nivel educativo que exceda la autorización previamente otorgada por el CEPR, se
considera un cambio sustancial, que requiere enmienda a la licencia. En este caso se tramitará el
mismo de conformidad con el Artículo 13 de este Reglamento y no como cambio significativo.