Regl. 8310, art. 8

ESTRUCTURA OPERACIONAL: AREA DE LICENCIAMIENTO Y ACREDITACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 8310, Art. 8

El Área de Licenciamiento y Acreditación (ALA) es el componente programático, dentro de la estructura operacional, del Consejo de Educación de Puerto Rico en lo concerniente al licenciamiento y acreditación de las instituciones de educación básica y al licenciamiento de instituciones de educación superior. Está compuesta por la Oficina de Educación Básica (OEB) y la Oficina de Educación Superior (OES). La Oficina de Educación Básica tiene la responsabilidad fundamental de atender los procesos de expedición, enmiendas y cambios sustanciales a las licencias de autorización y renovación de todas las instituciones de educación básica que operen en Puerto Rico. Anualmente, las instituciones de educación básica del Departamento de Educación que les corresponda, deben solicitar y obtener el licenciamiento requerido. Las Instituciones de educación básica privadas y municipales deben igualmente ser evaluadas y licenciadas por el CEPR. 12 Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Básica Es interés del CEPR que los procesos administrativos sean ágiles y eficientes. Siempre que sea posible, las comunicaciones del CEPR y el ALA con las instituciones de educación básica y con los diversos componentes de la sociedad se deben llevar a cabo a través de medios electrónicos y tecnologías más eficientes y efectivas disponibles. Con ese propósito, es de la responsabilidad del CEPR, salvaguardar los requerimientos procesales, de legalidad y confidencialidad, necesarios. La responsabilidad principal del Área de Licenciamiento y Acreditación es implantar los modelos de evaluación que permitan validar el cumplimiento de los criterios de licenciamiento establecidos en el Plan y en este Reglamento.
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