Regl. 8310, art. 8
ESTRUCTURA OPERACIONAL: AREA DE LICENCIAMIENTO Y ACREDITACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 8310, Art. 8
El Área de Licenciamiento y Acreditación (ALA) es el componente programático, dentro de
la estructura operacional, del Consejo de Educación de Puerto Rico en lo concerniente al
licenciamiento y acreditación de las instituciones de educación básica y al licenciamiento de
instituciones de educación superior. Está compuesta por la Oficina de Educación Básica (OEB) y
la Oficina de Educación Superior (OES).
La Oficina de Educación Básica tiene la responsabilidad fundamental de atender los
procesos de expedición, enmiendas y cambios sustanciales a las licencias de autorización y
renovación de todas las instituciones de educación básica que operen en Puerto Rico.
Anualmente, las instituciones de educación básica del Departamento de Educación que les
corresponda, deben solicitar y obtener el licenciamiento requerido. Las Instituciones de
educación básica privadas y municipales deben igualmente ser evaluadas y licenciadas por el
CEPR.
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Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Básica
Es interés del CEPR que los procesos administrativos sean ágiles y eficientes. Siempre que
sea posible, las comunicaciones del CEPR y el ALA con las instituciones de educación básica y con
los diversos componentes de la sociedad se deben llevar a cabo a través de medios electrónicos
y tecnologías más eficientes y efectivas disponibles. Con ese propósito, es de la responsabilidad
del CEPR, salvaguardar los requerimientos procesales, de legalidad y confidencialidad,
necesarios.
La responsabilidad principal del Área de Licenciamiento y Acreditación es implantar los
modelos de evaluación que permitan validar el cumplimiento de los criterios de licenciamiento
establecidos en el Plan y en este Reglamento.