Regl. 8310, art. 8-8.1 dup2
Responsabilidades del Área de Licenciamiento y Acreditación
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Cite as Reglamento Núm. 8310, Art. 8-8.1 dup2
Entre sus otras responsabilidades fundamentales, se destacan las siguientes:
a. divulgar y orientar sobre el Consejo de Educación de Puerto Rico, el contenido, los
procesos y procedimientos descritos en el Plan y en este Reglamento;
b. cotejar, recibir, analizar y evaluar las solicitudes de licencia y enmiendas de las
instituciones que inicien la operación o continúen operaciones en Puerto Rico;
C. identificar y capacitar a los posibles candidatos y peritos profesionales para el Acervo
de Recursos Evaluadores;
d. desarrollar e implantar normas, criterios, modelos evaluativos, guías y procedimientos
que permitan validar el cumplimiento de lo establecido en el Plan concerniente a la
operación de instituciones de educación en Puerto Rico;
e. integrar el uso de la tecnología de información en los procesos operacionales y
evaluativos de las instituciones de educación;
f. presentar de manera objetiva e imparcial, ante el Comité de Educación Básica y el
Consejo, los resultados de las evaluaciones de las solicitudes de licencia o enmiendas a
la licencia y de cualquier otro asunto relacionado con las instituciones de educación,
según le sea requerido;
g. mantener comunicación efectiva con los oficiales y funcionarios de las instituciones de
educación básica para lo relativo a licenciamiento y enmiendas y sobre otros asuntos
educativos pertinentes;
h. canalizar las determinaciones del Consejo hacia las instituciones o partes involucradas
salvaguardando el debido proceso de ley en todos los trámites;
i. mantener y custodiar los expedientes y documentos de las instituciones,
concernientes a los asuntos de su responsabilidad;
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j. referir posibles violaciones a la Ley, al Plan y este Reglamento por parte de las
instituciones de educación básica 0 incumplimiento con cualquier decisión del Consejo
debidamente notificada, para determinar las acciones a seguir de naturaleza
administrativas, según corresponda;
k. colaborar con las otras áreas y oficinas operacionales del CEPR en la elaboración del
Plan Estratégico sobre educación básica y educación superior; entre otras.
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CAPÍTULO II
LICENCIAMIENTO DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN BÁSICA