Regl. 8337, art. 11-11.2
Capacitación y Desarrollo
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Cite as Reglamento Núm. 8337, Art. 11-11.2
1. Inventario de Necesidades Anualmente la COSPR hará un inventario de las
necesidades de capacitación y desarrollo del personal de sus recursos humanos. El
inventario servirá de base para la preparación del plan anual de adiestramiento,
capacitación y desarrollo para este personal.
2. Plan de Adiestramiento - Se preparará anualmente un plan de adiestramiento que
contendrá la capacitación y desarrollo del personal de la COSPR. El plan incluirá el
uso adecuado de medios de adiestramiento, tales como: seminarios o cursos de
corta duración, pago de matrÃcula y licencia con o sin sueldo para estudios. Incluirá,
además, estimados de costos de las actividades programadas. AI preparar el
plan se tomará en consideración lo siguiente:
a. Las prioridades programáticas de la Corporación y la atención de las mismas a
corto y a largo plazo;
b. la identificación precisa de los problemas que la COSPR aspira a solucionar
mediante la capacitación y el desarrollo del personal; y
C. el efecto presupuestario de las actividades programadas.