Regl. 8337, art. 6-6.9
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
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Cite as Reglamento Núm. 8337, Art. 6-6.9
El (la) Director(a) General, en el uso juicioso de su discreción, podrá disponer cambios en
los deberes, responsabilidades o autoridad de los puestos cuando lo estime necesario o
conveniente, sin que esto involucre necesariamente la reclasificación del puesto. En
estos casos, los nuevos deberes, autoridad y responsabilidad deberán ser afines con la
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clasificación del puesto afectado. Estos se oficializarán en el formulario Descripción de
Puesto u Formulario de Clasificación.