Regl. 8337, art. 9-9.1
Normas para los Interinatos
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Cite as Reglamento Núm. 8337, Art. 9-9.1
Se establecen las siguientes normas para el uso del interinato como instrumento útil en la
administración del recurso humano:
1. El (la) Director(a) Ejecutivo o General podrá designar a cualquier empleado en el
servicio de carrera para desempeñar interinamente las funciones normales de un
puesto de clasificación superior en sustitución de otro empleado en el servicio de
carrera 0 confianza.
2. El (la) Director(a) Ejecutivo o General podrá relevar al empleado que ocupa un
puesto con carácter interino en cualquier momento que así lo determine. En tales
circunstancias el empleado regresará al puesto de carrera para el cual tiene
nombramiento oficial.