Regl. 8343, art. 10-10.2
Aviso Público sobre Convocatoria
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Cite as Reglamento Núm. 8343, Art. 10-10.2
(A) Antes de llevar a cabo el proceso de certificación de artistas, el Instituto publicará un aviso en
un periódico de circulación general en Puerto Rico y en la red de Internet que contendrá un
resumen del propósito de la convocatoria, una cita de la disposición legal que autoriza dicha
acción, la forma, sitio, dÃas y horas en que se podrán someter los materiales a considerarse
para la certificación de artista de música autóctona y una lista de los documentos y materiales
necesarios para la certificación. El aviso contendrá la dirección electrónica de la página que el
Instituto haya elegido para publicar el aviso en la Red de Internet.