Regl. 8343, art. 10-10.3

Solicitud de certificación como artista de música autóctona

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Cite as Reglamento Núm. 8343, Art. 10-10.3

(A) Toda persona o agrupación que interese ser certificado como artista de música autóctona, según definida en este Reglamento, deberá llenar el formulario de solicitud de certificación preparado por el Instituto y entregarlo personalmente o enviarlo por facsímil o correo ordinario con el siguiente material: 1. Nombre del artista o agrupación, nombre del director o representante, dirección postal, teléfono, correo electrónico o página de Internet (si aplica) 2. Categoría o género musical 3. Biografía breve que describa la trayectoria del artista o agrupación 4. Fotografía del artista o agrupación 5. Lista del repertorio a ser considerado que incluya el nombre de cada pieza, género y compositor (la lista debe ser de al menos veinte (20) piezas) 6. Instrumentación: nombre del integrante e instrumento que toca 7. Demo de al menos diez (10) canciones representativas del repertorio del artista en formato de VCR, DVD o cualquier otro formato digital que la Junta Asesora autorice. Dicha junta podrá, a su discreción, solicitar un calendario de presentaciones, en vivo para tomar en consideración el repertorio utilizado y tomar una determinación sobre la certificación. 12-26 REGLAMENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE NUESTRA MÚSICA AUTÓCTONA PUERTORRIQUEÑA
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