Regl. 8343, art. 11-11.1

Aviso de infracción

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Cite as Reglamento Núm. 8343, Art. 11-11.1

(A) En caso de incumplimiento de la entidad gubernamental del requisito del diez por ciento (10%) anual, el Instituto le notificará a dicha entidad un aviso de infracción por correo certificado con acuse de recibo, que contendrá la siguiente información: 1. Nombre de la entidad gubernamental investigada, dirección postal, números de teléfono disponibles y el nombre del ejecutivo principal, 2. Las disposiciones legales y reglamentarias por las cuales se le notifica el aviso de infracción 3. Descripción de la acción constitutiva de la infracción, 4. Una advertencia a los efectos de que el Instituto podrá, dentro del término de 30 días a partir de ser emitido el aviso de infracción, notificar formalmente una multa administrativa y la cantidad que podría imponérsele 5. Fecha 6. Firma del director de la Unidad de la Ley 223
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