Regl. 8343, art. 12-12.7

Inicio del procedimiento adjudicativo

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Cite as Reglamento Núm. 8343, Art. 12-12.7

Objeción 0 impugnación: solicitud de vista adjudicativa (A) Dentro de treinta (30) días contados a partir del recibo de la Notificación de Multa Administrativa, la parte que no esté de acuerdo con la imposición de la multa administrativa podrá solicitar la celebración de una vista adjudicativa ante el Instituto que se regirá por los procedimientos establecidos en este Reglamento. El término para solicitar la vista adjudicativa se contará a partir de la fecha de recibo por el recipiente de la tarjeta del correo certificado de dicha notificación.
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