Regl. 8344, art. 1.4-12 dup2

Interacción con Otras Agencias

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Cite as Reglamento Núm. 8344, Art. 1.4-12 dup2

La Compañía enviará copia del Acuerdo Especial al Departamento de Hacienda, al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, Compañía de Fomento Industrial y al municipio en el que opere el Negocio Elegible. Asimismo, la Compañía requerirá informes cada treinta (30) días a las agencias sobre los incentivos otorgados y los empleos creados. Cada entidad gubernamental deberá designar un Coordinador que esté a cargo de la implantación de los beneficios de esta Ley, quien a su vez servirá de enlace entre la entidad y la Compañía para el intercambio de información.
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