Regl. 8344, art. 1.4-15 dup2

Publicación de Estadísticas

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Cite as Reglamento Núm. 8344, Art. 1.4-15 dup2

La Compañía publicará mediante Internet estadísticas trimestrales sobre los empleos comprometidos y los empleos creados, dentro de los primeros noventa (90) días luego del cierre del trimestre de referencia.
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